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Auxilio de fallecimiento

Se establece un auxilio por fallecimiento del asociado y/o sus beneficiarios inscritos en la Cooperativa equivalente al 100% de 1 SMMLV, para gastos varios.

Si el asociado no pudiera reclamar estos auxilios se le entregará a uno de los beneficiarios que aparezca en el registro de la Cooperativa, previa presentación de una carta de autorización.

El auxilio por fallecimiento del asociado, será entregado al beneficiario autorizado por él en el formulario de afiliación a la cooperativa. Sí es más de un beneficiario inscrito deberá establecerse en qué porcentaje debe entregarse al momento de ser registrado en la Cooperativa.

Documentación a Presentar: Los documentos soportes para reclamar estos auxilios son:

a)    Solicitud por escrito (vía correo electrónico).

b)    Copia del Acta de defunción.

c)    Copia del documento de identidad del fallecido.

La Cooperativa no recibirá ninguna solicitud de auxilio de solidaridad que no cumpla los requisitos y sea acompañada de los documentos completos exigidos en cada caso.

Tomado del reglamento de fondos sociales y mutuales, artículo 17